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Verificación de la Declaración

Inscrito en el RUT - Decreto 1625 octubre 11 de 2016

 

El Registro Único Tributario -RUT-, administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del Impuesto sobre la Renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del Régimen Común y los pertenecientes al Régimen Simplificado; los agentes retenedores; los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y los demás sujetos de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, respecto de los cuales esta requiera su inscripción.

 
1. Inscripción al Registro Único Tributario – RUT

 

La inscripción en el Registro Único Tributario -RUT-, deberá cumplirse en forma previa al inicio de la actividad económica ante las oficinas competentes de la DIAN, de las cámaras de comercio o de las demás entidades que sean facultadas para el efecto.

La inscripción en el Registro Único Tributario -RUT-.  Es el proceso por el cual las personas naturales, jurídicas y demás sujetos de obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- obligados a inscribirse, se incorporan en el Registro Único Tributario -RUT-con el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en el Decreto 1625 octubre 11 de 2016.

Si NO está inscrito en el Registro Único Tributario -RUT-, inscribirse a través de la página de la DIAN www.dian.gov.co.

Más información en: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Paginas/rut.aspx

O de forma presencial para lo cual es necesario agendar cita en la página de la DIAN www.dian.gov.co opción Asignación de Citas en los puntos de contacto que cuentan con este servicio.

Sin perjuicio de las actualizaciones a que haya lugar, la inscripción en el Registro Único Tributario -RUT, tendrá vigencia indefinida y en consecuencia no se exigirá su renovación.

 
2. Actualización del Registro Único Tributario – RUT

 

Es efectuar y formalizar las modificaciones o adiciones a la información contenida en el Registro Único Tributario – RUT.

El RUT se puede actualizar en los campos que sean necesarios (dirección, teléfono, correo electrónico, responsabilidades, actividades económicas, entre otros), si hay lugar a ello, ingresando a la página de la DIAN www.dian.gov.co opción Usuario Registrado. 

Actualice su RUT en línea con o sin firma electrónica.  Tenga en cuenta la siguiente infografía:

Actualice el RUT en Línea

Más información en: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Paginas/rut.aspx

 
3. Personas naturales que se encuentren en el exterior

 

La solicitud de inscripción o actualización del Registro Único Tributario-RUT, la podrá realizar el interesado a través del Sistema de Quejas, Reclamos, Peticiones y Sugerencias PQRS, de la página de la DIAN www.dian.gov.co, opción PQSR Y DENUNCIAS, anexando copia escaneada del documento de identidad y del pasaporte donde conste la fecha de salida del país.  Parágrafo del 1.6.1.2.10 del Decreto 1625 octubre 11 de 2016.

Más información en: https://www.dian.gov.co/impuestos/personas/Paginas/rut.aspx

 
4. Cuenta de Usuario Habilitada

 

Opción para iniciar sesión y hacer uso de los Servicios en Línea MUISCA.

 
5. Habilitar Cuenta de Usuario

 

Opción para habilitar cuenta de usuario, proceso que requiere el ingreso del tipo, número y fecha de expedición del documento de identidad y establecer una contraseña para posteriormente iniciar sesión y hacer uso de los Servicios en Línea MUISCA.

 
6. Instrumento de Firma Electrónica (IFE)

 

Resolución 070 noviembre 03 de 2016

El Instrumento de Firma Electrónica (IFE) es la combinación de una Identidad Electrónica (IE) y un Código Electrónico (CE) que sirve para el cumplimiento de deberes formales y tareas electrónicas habilitadas en los Servicios Electrónicos de la DIAN.  Este instrumento cuenta con las siguientes características:

Identidad Electrónica (IE): Es la identificación establecida con la información contenida en el RUT, que se asigna a cada usuario que deba firmar en los Servicios Electrónicos de la DIAN, la cual siempre será custodiada por la Entidad.  La Identidad Electrónica (IE) permite identificar de manera efectiva las operaciones y documentos firmados electrónicamente por el suscriptor.

Contraseña de la Identidad Electrónica: Combinación de caracteres alfanuméricos definidos por el usuario del Instrumento de Firma Electrónica (IFE), la cual se usa como primer factor de autenticación.

Código Electrónico (CE): Combinación de caracteres numéricos enviados al correo electrónico del suscriptor del Instrumento de Firma Electrónica (IFE), la cual es usada como segundo factor de autenticación.

Vigencia: La vigencia es de tres (3) años, contados a partir de que se culmine el procedimiento de emisión o renovación del Instrumento de Firma Electrónica (IFE). 

6.1 Emisión, Renovación y Habilitación del Instrumento de Firma Electrónica (IFE)

Para efectos de obtener el Instrumento de Firma Electrónica (IFE), el usuario adelantará los siguientes procedimientos, según corresponda:

Emisión del Instrumento de Firma Electrónica:  Consiste en la gestión presencial del usuario o a través de apoderado debidamente facultado ante las dependencias de Asistencia al Cliente o quien haga sus veces en las Direcciones Seccionales de la DIAN, en la cual solicita, la generación de la

Identidad Electrónica (IE) y habilitación del Instrumento de Firma Electrónica (IFE) para firmar dentro de los Servicios Informáticos Electrónicos o cuando se presente cambios en la información de identificación del obligado.

Para solicitar la emisión del Instrumento de Firma Electrónica se debe solicitar cita en la página de la DIAN www.dian.gov.co  opción Asignación de Citas, para los puntos de contacto que cuentan con este servicio.

Renovación del Instrumento de Firma Electrónica: Es la autogestión que el suscriptor debe adelantar a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN para continuar con el cumplimiento de sus obligaciones y operaciones ante la entidad por las siguientes causales:

  • Extender la vigencia del Instrumento de Firma Electrónica (IFE) para continuar firmando ante la DIAN; esta renovación se hace por proximidad de la fecha de vencimiento del período de validez del Instrumento de Firma Electrónica (IFE).

  • Cuando el suscriptor considere que se ha vulnerado la seguridad de su Instrumento de Firma Electrónica (IFE).

  • Por pérdida de la contraseña de la Identidad Electrónica (salvo que recuerde las respuestas de las preguntas reto configuradas en el proceso de emisión)

6.2 La solicitud de emisión o renovación del Instrumento de Firma Electrónica (IFE) para las personas naturales que se encuentren en el exterior

La solicitud de emisión o renovación del Instrumento de Firma Electrónica (IFE), la podrá realizar a través del Sistema de Quejas, Reclamos, Peticiones y Sugerencias PQRS de la página de la DIAN www.dian.gov.co, opción PQSR Y DENUNCIAS, anexando copia escaneada del documento de identidad y del pasaporte donde conste la fecha de salida del país.

Más información en: https://www.dian.gov.co/impuestos/Paginas/FirmaElectronica.aspx

 

 
7. Documentos Soporte

 

Documentos que requiere tener el ciudadano-cliente a disposición para el diligenciamiento de la declaración, los cuales deben reposar en sus archivos personales; para su ilustración se enuncian algunos de ellos, según el caso pueden existir otros no relacionados, debe conservar la totalidad de los soportes.

1. Copia del certificado de inscripción en el Registro Único Tributario – RUT- debidamente actualizado, de ser necesario.

2. Documentos en los que conste la titularidad de los bienes e inversiones y los que respaldan las deudas, con valores certificados a 31 de diciembre de 2017:

a. Certificados o extractos de los saldos de las cuentas de ahorro y corrientes emitidos por las entidades financieras.

b. Certificados de las inversiones emitidos por las entidades donde se constituyó la inversión, por ejemplo: CDT, bonos, derechos fiduciarios, inversiones obligatorias, entre otras.

c. Declaración o estado de cuenta, de impuesto predial de los bienes inmuebles que posea.

d. Escrituras de adquisición de los bienes inmuebles y/o certificados de instrumentos públicos.

e. Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.

f. Relación de los muebles, enseres, maquinaria y equipo, por su valor de adquisición más adiciones y mejoras.

g. Certificado de avalúo técnico de los bienes incorporales tales como “good will", derechos de autor, propiedad industrial, literaria, artística, científica y otros.

h. Letras, pagarés, hipotecas y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a los requisitos de ley.3.

3. Documentos en los que consten los ingresos que recibió durante el año gravable 2017: 

a. Certificado de ingresos y retenciones por pagos laborales y rentas de trabajo en general.

b. Certificado de Ingreso promedio de los últimos seis (6) meses anteriores a la fecha del pago de las cesantías e intereses sobre las mismas.

c. Certificado de salario básico, siempre y cuando haya tenido la calidad de oficial o suboficial de las Fuerzas Militares o de la Policía Nacional o agente de la Policía Nacional.

d. Certificado de las primas, bonificaciones, horas extras y demás complementos salariales, siempre y cuando sea ciudadano colombiano y
que integre las reservas oficiales de primera y segunda clase de la Fuerza Aérea, mientras ejerza la actividad de piloto.
e. Certificado de indemnizaciones por accidentes de trabajo o de enfermedad, maternidad, gastos de entierro del trabajador, seguro por muerte y compensaciones por muerte de miembros de las Fuerzas Militares y Policía Nacional.
f. Certificado por prima de localización de vivienda (pactada con anterioridad a 31 de julio de 1995).
g. Certificado de la prima especial y la prima de costo de vida de que trata el Decreto 3357 de 2009 para los servidores públicos diplomáticos, consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores.
h. Certificados de indemnizaciones sustitutivas de la pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional.
i. Certificados de Ingresos por concepto de honorarios, comisiones y servicios.
j. Certificados de los rendimientos financieros pagados durante el año, expedidos por las entidades correspondientes.
k. Certificado de pago de recompensas.
l. Certificado de dividendos y participaciones recibidos durante el año, expedidos por las sociedades de las cuales es socio o accionista.
m. Certificados de pagos de indemnizaciones por destrucción y renovación de cultivos y por control de plagas.
n. Certificados de ingresos recibidos durante el año por concepto de utilidades repartidas por sociedades liquidadas.
ñ. Certificados de ingresos recibidos por concepto Incentivo a la Capitalización Rural, ICR o AIS.
o. Certificados de pagos por concepto de alimentación, efectuados por su empleador.
p. Certificado por incentivo forestal.
q. Certificados o autorizaciones para la prestación de servicios de ecoturismo expedido por las autoridades competentes.
r. Certificados de pago de indemnizaciones por seguros de vida.
s. Certificados expedidos por las autoridades competentes que respalden exenciones para extranjeros contempladas en tratados o convenios internacionales.
t. Certificados por concepto de dividendos y participaciones recibidos en el año.

4. Documentos en los que conste los pagos efectuados en el año 2017 y que tengan relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad con la actividad generadora de renta:
a. Certificado de pagos de intereses por préstamos para adquisición de vivienda.
b. Certificados por pagos de salud.
c. Certificados por inversiones en nuevas plantaciones de riegos, pozos, silos, centros de reclusión, en mantenimiento y conservación de obras audiovisuales, en librerías, proyectos cinematográficos y otros.
d. Certificados por donaciones a la Nación, departamentos, municipios, distritos, territorios indígenas y otros.
e. Relación de facturas de gastos, indicando el valor total.
f. Relación de los pagos efectuados a sus empleados por concepto de sueldos, bonificaciones, vacaciones, cesantías y otros.
g. Certificados de los pagos realizados por concepto de aportes a las cajas de compensación, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF, empresas promotoras de salud, administradoras de riesgos laborales, fondos de pensiones y otros.
h. Pagos por concepto de impuestos de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Predial.
i. Certificados de las donaciones e inversiones que haya efectuado durante el año.
j. Todos los documentos que respalden ingresos, costos, deducciones, patrimonio, emitidos por las entidades o personas competentes.
k. En los casos que se requiera, la certificación para acreditar la deducción por dependientes económicos
l. Declaraciones de renta de los cinco (5) últimos años
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